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Estatutos

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PREÁMBULO : PRINCIPIOS UNIVERSALES DE EDUCACIÓN CÍVICA

 

I. La Escuela está al servicio de la humanidad.

 

II. La Escuela enseña a los niños del mundo entero el camino del entendimiento mutuo

 

III. La Escuela enseña el respeto de la vida y de los seres humanos.

 

IV. La Escuela enseña la tolerancia, actitud que permite aceptar que otras personas tengan sentimientos, maneras de pensar y de actuar distintos a los nuestros.

 

V. La Escuela desarrolla en el niño el sentido de la responsabilidad, uno de los privilegios más grandes del ser humano.

 

VI. La Escuela enseña al niño a superar su egoísmo. En su seno el niño aprende que la humanidad puede progresar sólo gracias al esfuerzo personal y la activa colaboración de todos.

 

StatutsI. DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1
Constitución


Con el nombre de “Asociación mundial por la escuela instrumento de paz ” y con la sigla “EIP”, se constituye una asociación internacional con duración ilimitada, sin fines de lucro y con personalidad jurídica en conformidad con los artículos 60 y siguientes del Código civil suizo (CCS).

 

Articulo 2
Carácter

 

La EIP es un organismo internacional no gubernamental (ONG)  independiente, sin ninguna filiación política, filosófica o confesional

 

Articulo 3
Sede

 

La asociación tiene su sede en Ginebra. Ésta no podrá ser desplazada sino por la decisión unánime de los miembros presentes del Consejo de representantes.

 



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