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El castigo corporal des los niños
en la Corte Suprema de Canadá
Boletín n°7, Agosto de 2003

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Los jueces de la Corte Suprema de Canadá aceptaron de examinar la validez de un artículo de la ley autorizando el castigo corporal de los niños.
El artículo 43 del Código penal canadiense permite a un profesor, a un padre ó a una persona trabajando en la guardia de niños, de coregirlo, a condición que la fuerza utilizada no depase la medida rasonable en las circunstancias (1).

Este artículo es puesto en polémica por la Fundación canadiense por los niños, los jovenes y el derecho (2), puesto que éste transgrede a la Carta canadiense de derechos y libertades. La Fundación cuenta con el apóyo de la Comisión de los derechos de la persona y de los derechos de la juventud del Quebec. Por su lado el Ministerio federal de la Justicia defiende el derecho al castigo corporal y cuenta con el apóyo de la Federación canadiense de profesores y la Coalición por la autonomia de la familia (un grupo conservador) (3).

No solo en Canadá se discute la cuestion del castigo corporal. En Inglaterra, por ejemplo, hay una gran controversa, sobretodo después del fallecimiento de una pequeña de 10 años castigada por su tía (4).


La principal justificación de los tenants del castigo corporal, es la necesidad de mantener la disciplina en la escuela ; como lo muestra una decisión de la Corte Suprema de Tokyo en 1981 que autoriza el castigo corporal en ciertos casos « afin de permitir a las escuelas de educar los niños (5) ».


Los que se oponen al castigo corporal evocan la obligación de los Estados a respectar los derechos de la persona y en particular, la Convención sobre los derechos del niño, cuyo artículo 19.1 estipula que « Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluído el abuso sexual, mientras el niño se encuentra bajo la custodia de los padres, de un tutor o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. »

En abril de 2001, se lanzó una iniciativa mundial para terminar con el castigo corporal (6). En esta ocasión los defensores del derecho del niño, tuvieron el apóyo de la Unicef y del Alto Comisariado de los derechos humanos de la ONU. Por otra parte, los miembros de la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa depositó una proposición recomendando la interdicción, a nivel europeo, del castigo corporal de los niños (7).

Actualmente, 11 Estados en el mundo poséen legislaciones prohibiendo toda forma de castigo corporal de los niños en familia, escuela o centro de detensión (8).


Referencias :
(1) www.barreau.qc.ca
(2) www.jfcy.org/corporalp/corporalp.html
(3) www.ledevoir.com
(4) http://news.independent.co.uk/politics
(5)Violencia en la Escuela : la estratégia japoneza, in « Violencia en la escuela y políticas públicas », Paris, ESF, 2001, p.65-93.
(6) www.endcorporalpunishment.org
(7) http://assembly.coe.int
En 1979 : La Suecia, en 1983 : la Finlandia, en 1987 : Noruega, en 1989 : Austria, en 1994 : Chypra, en 1997 : Dinamarka, en 1998 : Letonia, en 1999 : Croacia, en 2000 : Alemania e Israel, en 2003 : Islandia.

 

En la imagen: “La Corte Suprema permite la nalgada, ¡pero no encuentra razonable golpear a un niño en la cabeza!”

Ilustración : Dibujo de Garnotte, tomado del Sitio profdedroit

http://profdedroit.unblog.fr/la-fessee-est-elle-un-attribut-de-lautorite-parentale/

 

 



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